Código de Ética y Conducta para Terceros

1. INTRODUCCIÓN

En COMERCIALIZADORA DE MEDICAMENTOS Y MATERIAL MÉDICO MEDIC XEN S.A. de C.V., en lo sucesivo “Medic Xen” nos conducimos de forma ética en todas nuestras operaciones y relaciones de negocio, demostrándolo a través de nuestra cultura y con la congruencia de nuestras acciones y comportamientos. Nuestros valores son la base de esta cultura y actuar ético, por lo que los extendemos a los Terceros con los que establecemos alguna relación de negocio, ya que forman parte fundamental de nuestra cadena de valor.

Por ello, Medic Xen establece el presente Código de Ética y Conducta, a fin de que el comportamiento de los Terceros con los que interactúe sea congruente con esta cultura durante su relación comercial.

Se espera que los Terceros con quienes Medic Xen interactúa tengan un comportamiento ético, basado en relaciones honestas, de respeto, transparencia, equidad y justicia, actuando siempre con integridad, conforme con la ley y con los lineamientos de este Código.

Los Terceros, a su vez, promoverán y aplicarán estos estándares éticos o sus similares en sus propias cadenas de valor, generando así un círculo virtuoso en beneficio de toda la comunidad y del país.

Medic Xen cuenta con normatividad interna que forma parte del cumplimiento normativo de la empresa. Dicha normatividad está integrada también por políticas y procedimientos que la empresa ha diseñado, que son de cumplimiento obligatorio, y que incluyen lineamientos de evaluación y contratación de Terceros. Este Código debe ser considerado como un marco de referencia en el actuar de nuestros Terceros.

Las áreas contratantes de los Terceros, así como Cumplimiento y Auditoría son responsables de verificar que nuestras relaciones con Terceros se apeguen al presente Código.

 

2. OBJETIVO Y VIGENCIA

Este Código de Ética y Conducta define los estándares éticos que han de guiar la conducta de todos los Terceros que se relacionan con Medic Xen. Es de carácter obligatorio y su vigencia es indefinida mientras se mantenga la relación de negocios.

El término “Terceros” hace referencia, de manera enunciativa y no limitativa, a consultores, representantes externos, distribuidores, agentes, concesionarios, asesores, franquiciatarios, contadores y abogados externos, representantes de ventas, agentes aduanales, intermediarios similares o cualquier proveedor de productos o servicios con quien Medic Xen tenga relación. De igual forma, este concepto incluye a todos los Socios Comerciales con los que Medic Xen hace negocios, así como a cualquier persona que tenga interacción con entidades o servidores públicos de cualquier nivel de gobierno, y cuyas actividades sean realizadas en nombre de la empresa a la que representan.

 

3. VALORES INSTITUCIONALES

La reputación de Medic Xen se ha forjado a lo largo de los años y permanece constante gracias a los valores que los colaboradores y los Terceros vivimos dentro y fuera del trabajo. Es nuestro compromiso individual aplicar los siguientes valores:

a) Respeto

Para reconocer el valor inherente a toda persona y para que el trato que demos a cada una sea imparcial, sin distinción alguna, con el fin de preservar su dignidad e integridad personal, evitando cualquier conducta que pueda resultar ofensiva o discriminatoria. Como parte fundamental de este principio, valoramos las opiniones y creencias de todas las personas y comunidades. Por ello, escuchamos ideas diferentes de las nuestras; reconocemos su valor y aceptamos el derecho de las personas por discrepar. Además, contamos con un profundo compromiso por acatar la ley y su espíritu, así como para proteger el medio ambiente.

b) Trabajo en equipo

Para poder participar activamente en la consecución de las metas planteadas por la organización y empatar los intereses personales a los objetivos del equipo.

Orientamos nuestras acciones en cada área hacia una dirección determinada, inspirando valores de acción y anticipando escenarios de desarrollo de la acción. Se fomenta la habilidad para fijar los objetivos y la capacidad de dar retroalimentación, integrando opiniones de los otros.

c) Compromiso

Es el verdadero lenguaje de nuestras intenciones, y la acción que se refleja en conductas por encima de las palabras. Es adaptarse al tiempo cuando no lo hay, es cumplir con lo ofrecido a pesar de las adversidades, es el material con el que se forja el carácter, es el triunfo diario de la integridad y la rectitud sobre la desconfianza, es el alimento de la dignidad y la garantía para mantenerse en un mercado laboral competitivo.

 

4. PRINCIPIOS GENERALES

Medic Xen mantiene un compromiso con la excelencia y la innovación, realiza negocios apegándose a la regulación aplicable y establece relaciones con Terceros basándose en criterios selectivos de calidad, rentabilidad, servicio, capacidad técnica, competitividad, imparcialidad, aspectos económicos, experiencia, además de considerar su ética e integridad, así como las necesidades de Medic Xen.

Por tanto, además de compartir nuestros valores, es preciso que quienes tengan relaciones comerciales con Medic Xen

a) Sean empresas que se hayan constituido legalmente, o personas físicas con actividad empresarial y que, en ambos casos, gocen de buena reputación.

b) Basen sus relaciones en buenas prácticas comerciales, en un compromiso ético y en lo establecido por la legislación vigente, así como en el presente Código de Ética.

c) Cumplan y vigilen que se respeten las leyes, marcos regulatorios y disposiciones que les apliquen.

d) Reporten mediante el mecanismo de denuncias denominado: PNO-DIR27 “Recepción, atención, y solución de quejas de los clientes” cualquier actividad ilícita, mala práctica o incumplimiento de este Código o de cualquier normatividad aplicable, que sean de su conocimiento, y que involucra a colaboradores que conforman Medic Xen o a Terceros que se relacionen con éste.

e) Establezcan relaciones de mutuo beneficio y de largo plazo.

f) Impongan las sanciones correspondientes para quienes incumplan con lo dispuesto en este Código.

 

Los comportamientos mínimos esperados por parte de los Terceros son:

a. Cumplir con sus compromisos de manera consistente, honesta y responsable.

b. Tratar a las personas de Medic Xen con pleno respeto a su dignidad, evitando cualquier conducta que pudiera resultar ofensiva como hostigamiento, acoso, discriminación o difamación. Igualmente, tratar a su propio personal con el mismo respeto y dignidad, haciendo valer en todo momento sus derechos humanos y laborales.

c. Proyectar la buena imagen de Medic Xen a través de su adecuado comportamiento, especialmente cuando actúen en su nombre o representación.

d. Abstenerse de realizar conductas que pongan en peligro la integridad, salud o seguridad de cualquier persona en las instalaciones de Medic Xen.

e. Respetar las reglas de comportamiento que se establezcan al interior de las instalaciones de Medic Xen.

f. Asegurarse de que no exista trabajo forzado o infantil.

g. Abstenerse de falsear hechos, información o documento alguno, y cooperar con las investigaciones relativas a las infracciones a este Código de Ética y Conducta, y declarar en todo momento la verdad.

h. Respetar la privacidad de las personas.

i. Fomentar y adoptar altos estándares de protección al medio ambiente y a las comunidades en las que desarrollen su operación.

j. Proteger la información confidencial que reciban, independientemente del motivo por el cual se les haya proporcionado.

k. Ratificar su compromiso con respecto a este Código al momento de ser aceptado como un Tercero, mediante la firma de su adhesión al Código y la Declaración sobre Conflictos de Interés.

 

Medic Xen cuenta con una POL-RH05 “Política de Cero Tolerancia ante la Corrupción, el soborno y los pagos de facilitación”. Por tanto, los Terceros relacionados con Medic Xen deben apegarse a las leyes vigentes aplicables.

En consecuencia, deberán abstenerse de:

a) Solicitar o gestionar pagos de facturas fuera de los términos y plazos pactados o establecidos por contrato, o fuera de nuestras políticas internas.

b) Solicitar al personal de Medic Xen o a los Terceros relacionados con él, que les proporcionen información alguna relacionada con otras cotizaciones similares de otros competidores, con el propósito de beneficiarse para ser contratados o de cualquier otra manera.

c) Solicitar que se realicen pagos a entidades o personas diferentes de aquellas estipuladas por contrato, o que se encuentren efectivamente relacionadas comercialmente con Medic Xen.

d) Entregar, ofrecer o recibir regalos, hospitalidades, patrocinios, incentivos o pagos en efectivo o en especie, a cambio de obtener una ventaja indebida, beneficio comercial o influir de forma ilegítima en alguna acción o decisión por parte de alguna autoridad gubernamental hacia Medic Xen.

e) Entregar u ofrecer regalos, hospitalidades, patrocinios, incentivos o pagos de cualquier índole al personal de Medic Xen, fuera de nuestras políticas internas.

f) Entregar u ofrecer pagos o sobornos de forma directa o indirecta para acelerar la expedición de algún trámite o recurso con alguna autoridad gubernamental, en el que pueda verse involucrada Medic Xen.

 

5. CUMPLIMIENTO DE LEYES Y REGULACIONES

En Medic Xen es obligatorio cumplir con las leyes y regulaciones vigentes, y se espera que los Terceros lleven a cabo lo necesario para que den cumplimiento a la normatividad que les sea aplicable. Por lo tanto, los Terceros deberán proporcionar la documentación requerida por Medic Xen para que estén en posibilidad de cumplir con las regulaciones; por ejemplo, la información requerida para asegurar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y de seguridad social de los prestadores de servicios especializados.

A) Protección de datos personales.

Se espera que los Terceros garanticen el respeto a la privacidad de los datos de sus empleados y clientes, cumplan con toda la normatividad aplicable a la protección de datos personales, los traten y resguarden adecuadamente e informen inmediatamente en caso de posibles vulneraciones a la protección de datos personales relacionados con Medic Xen.

B) Sub-Contratación de servicios especializados.

Medic Xen solamente podrá subcontratar servicios especializados si los Terceros se encuentran debidamente inscritos, para el servicio específicamente contratado, en el padrón de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social, y han proporcionado toda la información solicitada por la empresa para demostrar el cumplimiento de los requerimientos fiscales y laborales que les son aplicables, comprometiéndose a seguir proporcionando la información que se les requiera.

C) Prevención del lavado de dinero.

Los Terceros que tengan relación o actúen en nombre de Medic Xen deben conocer y cumplir las disposiciones legales aplicables a la prevención del lavado de dinero y financiamiento del terrorismo, con el fin de evitar que se utilicen los servicios o productos de Medic Xen para ocultar o simular el origen de recursos de procedencia ilícita. En Medic Xen nos abstenemos de realizar negocios con Terceros con los cuales se tengan indicios objetivos de participar en estas actividades.

Medic Xen espera que los Terceros relacionados con él apliquen las medidas necesarias para asegurarse de que las transacciones comerciales que realizan son con recursos de procedencia lícita.

D) Prevención de delitos.

Medic Xen está comprometido con la prevención de delitos dentro de la organización. Esto exige, por parte de todos los Terceros relacionados, un comportamiento diligente en el cumplimiento de las leyes aplicables.

En caso de que los Terceros tengan conocimiento de la comisión de algún delito que pudiere afectar a Medic Xen o de alguna forma se relacione con éste, deberán informar de inmediato mediante el PNO-DIR27 “Recepción, atención, y solución de quejas de los clientes”.

Se espera que los Terceros cumplan con la normatividad de prevención de delitos dentro de sus organizaciones, y que mantengan los controles adecuados y de remediación, en caso de que alguno sea cometido por su personal en perjuicio de Medic Xen.

Medic Xen aplicará las sanciones o medidas disciplinarias que correspondan, sin perjuicio de las consecuencias legales a que haya lugar.

E) Competencia Justa

Medic Xen promueve la competencia sana y leal, además de la libre concurrencia en la conducción de sus negocios. Por ello, espera que los Terceros cumplan con las leyes y la normatividad aplicables en materia de competencia y antimonopolio, las cuales establecen que los Terceros deberán:

  • Participar en los procedimientos de compra, concursos o licitaciones de manera independiente de sus competidores.
  • Abstenerse de realizar acuerdos que puedan manipular de forma artificial e indebida los precios y restringir la libre competencia.
  • No compartir información sensible que pudiera dar lugar a distorsiones en la competencia, como sus catálogos de precios o cotizaciones para un procedimiento de compra.
  • Abstenerse de compartir información utilizando métodos no éticos o de fuentes lícitas.

 

6. ANTICORRUPCIÓN

Medic Xen conduce todas sus operaciones y relaciones de negocio de forma ética. Por ello, ha establecido una política de cero tolerancia ante la corrupción, el soborno y los pagos de facilitación.

a) Corrupción

Se considera «corrupción» al abuso de poder para beneficio propio o de un Tercero. La corrupción engloba una variedad de situaciones como: el soborno, nepotismo, colusión, tráfico de influencias, la entrega de pagos facilitadores o aceleradores, el cohecho, los conflictos de interés, el robo, la extorsión, la malversación, el desfalco y el uso indebido de recursos, entre otras conductas ilícitas.

b) Soborno

“Soborno” hace referencia a cualquier ofrecimiento, promesa o entrega de un beneficio, sea en dinero, regalos, pago de entretenimientos, hospitalidad, viajes, pagos de cuotas, vacaciones, ofertas de trabajo, privilegios, préstamos, servicios personales, o sea con la asunción de obligaciones no permitidas o con la entrega de cualquier otra cosa de valor que se dé a cambio de:

  • Evitar el cumplimiento de una disposición legal, resolución administrativa o judicial.
  • Faltar al código de conducta o declaración de principios éticos de otras empresas.
  • Obtener una ventaja competitiva o beneficio personal de forma directa o indirecta.
  • Influir en una decisión.
  • Asegurar un negocio.

Lo anterior, ya sea que se realice con funcionarios públicos, autoridades, empresas privadas o entre particulares.

c) Pago de facilitación

Un “pago de facilitación” es cualquier forma de pago monetario o en especie (comúnmente de poco valor) hecho a un servidor público, con el fin de “agilizar o asegurar la ejecución de una acción gubernamental de rutina”. Una “acción gubernamental de rutina” consiste en una actividad que el funcionario público tiene obligación de realizar. Cuando se realicen actividades comerciales relacionadas con o en nombre de Medic Xen, los Terceros deberán:

  • Cumplir con la regulación local e internacional aplicable en materia de anticorrupción, lo que incluye, sin ser limitativas, la Ley General de Responsabilidades Administrativas de México (LGRA), el Código Penal Federal, la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero (FCPA, por sus siglas en inglés), y la Ley de Sobornos del Reino Unido (UKBA, por sus siglas en inglés).
  • Asegurar que todo su personal y las demás personas que trabajen en su nombre, conozcan y cumplan dicha regulación.
  • Actuar siempre de forma íntegra y transparente, especialmente cuando interactúen con autoridades gubernamentales, organismos públicos y personal del servicio público.
  • Abstenerse de involucrarse o ser percibidos como involucrados en actos de soborno, facilitación o corrupción, ya sea a nombre propio o de Medic Xen.
  • Abstenerse de prometer, insinuar, ofrecer o entregar sobornos, regalos, hospitalidad, honorarios, recompensas, pagos de facilitación o cualquier otro tipo de beneficio a personal alguno del servicio público o de Medic Xen, incluyendo invitaciones a eventos de entretenimiento, viajes, donaciones o cualquier otro equiparable, para obtener una ventaja indebida o influir de forma ilegítima en alguna acción o decisión.
  • En el caso de que algún Tercero participe en un acto de soborno, facilitación o corrupción, o bien en una conducta que pudiera ser percibida como tal, podrá darse por terminado todo tipo de relación con Medic Xen, quedando vetado como Tercero, independientemente de las medidas que, en su caso, procedan legalmente.

 

7. REGALOS Y HOSPITALIDADES.

El personal de Medic Xen no tiene permitido durante todo el año aceptar o solicitar cualquier tipo de atenciones, tratos especiales, regalos, compensaciones o gratificaciones por parte de Terceros, que sean o puedan ser percibidos como un soborno, o que de alguna forma comprometan el ejercicio de su función a cambio de un beneficio personal indebido, ya sea real o percibido.

Por ello, es política de Medic Xen la prohibición de aceptar y/o dar un regalo, y en ninguna circunstancia está permitido aceptar un regalo en efectivo o su equivalente en tarjetas de regalo o con condiciones comerciales distintas de las ofrecidas al público en general.

En Medic Xen está prohibido aceptar invitaciones de proveedores, clientes, instituciones financieras o Terceros a espectáculos o eventos deportivos o de entretenimiento. En el caso de invitaciones para fines comerciales o relacionadas con el negocio, como presentaciones y conferencias, éstas deberán ser autorizadas antes de ser aceptadas, y los gastos de viaje serán cubiertos por Medic Xen.

Cualquier forma de hospitalidad recibida por los colaboradores de Medic Xen debe ser para fines comerciales legítimos y, por lo tanto, adecuada, lícita y proporcional a este fin.

 

8. CONTRIBUCIONES POLÍTICAS.

Medic Xen reconoce y respeta el derecho de cada persona a participar en actividades políticas. En caso de que el Tercero decida realizar contribuciones con fines políticos, éstas deben cumplir con las leyes aplicables, ser legales y no interferir ni comprometer las obligaciones y responsabilidades del Tercero, ni realizarse con la expectativa de obtener un beneficio directo o indirecto para Medic Xen.

a) Reembolso de gastos

Los reembolsos de gastos de viaje y otros gastos de negocio incurridos por el Tercero en nombre o representación de Medic Xen deberán ser únicamente por razones relacionadas con los negocios de la Empresa, con fines empresariales y en el curso ordinario de sus operaciones; en todos los casos deberá estar en los contratos respectivos.

 

9. CONFLICTOS DE INTERÉS

Se originan cuando existe una afectación en el desempeño imparcial y objetivo de funciones del Tercero debido a intereses personales, familiares o de negocios que se contraponen con los intereses de Medic Xen. Siempre se deben anteponer los intereses de Medic Xen a cualquier otro interés.

De manera enunciativa, más no limitativa, existe un conflicto de interés cuando un Tercero, sus accionistas, directores, o personal clave relacionado con Medic Xen:

  • Incumple con sus responsabilidades debido a la presión que ejerce un Tercero, como consecuencia de su posición, autoridad o influencia.
  • Recibe algún beneficio inadecuado, ya sea personal, por conducto de algún familiar o de Terceros, como resultado de su relación con Medic Xen.
  • Es exempleado de Medic Xen y les proporciona bienes o servicios, sin contar con la autorización correspondiente.

 

Los Terceros deberán identificar y evitar situaciones en las que pueda existir un conflicto de interés real, potencial o aparente y, en caso de que lo detecten, deberán informar inmediatamente al área de Cumplimiento o mediante el PNO-DIR27 “Recepción, atención, y solución de quejas de los clientes”.

 

10. PROPIEDAD INTELECTUAL Y CONFIDENCIAL

Medic Xen requiere que los Terceros respeten sus derechos de propiedad intelectual e industrial y que no revelen a terceras partes no autorizadas información confidencial o sensible de Medic Xen, incluso después de que la relación comercial o jurídica se haya dado por terminada.

Está prohibido tomar fotografías, videos, realizar grabaciones de audio y transmisiones en vivo dentro de las instalaciones de Medic Xen, sin contar con la autorización correspondiente.

Los Terceros, al obtener información confidencial como resultado de su relación comercial, deberán tomar las medidas necesarias para garantizar que la información no pública y la que pueda o no ser catalogada como secreto industrial, sea considerada de uso estrictamente confidencial. Asimismo, serán responsables de su salvaguarda y abstenerse de divulgarla.

La creación de nueva tecnología, inventos u obras literarias o artísticas que los Terceros realicen por encargo, son propiedad y de uso exclusivo de Medic Xen.

 

11. CUIDADO Y PROTECCIÓN DE LOS RECURSOS

Los bienes que sean propiedad, arrendados o utilizados por Medic Xen, ya sea que se trate de bienes tangibles (efectivo, valores, muebles, inmuebles, maquinaria, equipo, vehículos, correo electrónico, etcétera), o intangibles (marcas, patentes, logotipos, concesiones, etcétera) podrán ser utilizados por los Terceros expresamente autorizados para tales efectos, únicamente para llevar a cabo las operaciones de Medic Xen y no para su uso personal.

 

12. SOSTENIBILIDAD

Se espera que los Terceros promuevan el respeto a los derechos humanos, las buenas relaciones con las comunidades y con el entorno en donde opera Medic Xen, así como el cuidado y resguardo de los activos físicos y de información de Medic Xen.

 

a) Derechos laborales y humanos

Se espera que los Terceros asuman el compromiso de proteger los derechos humanos y laborales de su personal, incluyendo el tratar a toda persona con dignidad y respeto, sin discriminar por razones de origen étnico, nacionalidad, género, edad, discapacidades, condición social o económica, condiciones de salud, religión, orientación sexual, estado civil, afiliación sindical o cualquier otra acción que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas. Todo lo anterior deberá llevarse a cabo a través de acciones encaminadas a:

  • Cumplir con toda la regulación local e internacional aplicable en materia de derechos laborales y humanos, sin limitar lo que incluye la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley Federal del Trabajo, entre otras.
  • Promover e implementar prácticas laborales justas apegadas a la ley.
  • Satisfacer los requisitos de la ley respecto a la remuneración y prestaciones de su personal.
  • Limitar las horas extras a la cantidad máxima permitida por la ley.
  • Aplicar sistemas razonables de remuneración por desempeño.
  • No utilizar las deducciones y retenciones de sueldo como medidas disciplinarias.
  • Implementar las medidas necesarias para asegurarse de que no exista el trabajo forzado, la mano de obra infantil y la contratación de personas relacionadas con el tráfico de personas.
  • Asegurar que su personal sea tratado de manera justa y con dignidad.
  • Asegurar que su lugar de trabajo esté libre de todas las formas de discriminación, acoso y represalias.
  • Respetar el derecho personal a la libertad de expresión y de asociación.
  • Respetar y alentar la diversidad y la inclusión de todas las personas.
  • Respetar las diferentes preferencias, procedencias y creencias de todas las personas, incluyendo religiosas, espirituales e ideológicas.
  • Esforzarse por contar con las instalaciones y condiciones necesarias dentro de sus centros de trabajo para los empleados con discapacidades.
  • Promover la igualdad de oportunidades entre géneros y no permitir la violencia de género.
  • Impedir el hostigamiento por cualquiera de los motivos planteados anteriormente, incluidos el acoso laboral y sexual.
  • Respetar la privacidad de las personas.
  • Respetar las preferencias y afiliaciones políticas, sin influir, intervenir o restringir la participación en asuntos políticos.

 

b) Seguridad y salud

Medic Xen está comprometido con la seguridad y salud en el lugar de trabajo y con mantener una cultura adecuada para la prevención de riesgos, por lo que brinda capacitación, equipo y las herramientas necesarias para mantener un entorno de trabajo seguro y saludable.

Los Terceros deberán observar las normas internas de conducta, seguridad e higiene de Medic Xen, y en ninguna circunstancia llevarán a cabo acciones que pongan en riesgo la integridad física de cualquier persona. Queda prohibido consumir, tener en posesión o vender bebidas alcohólicas, estupefacientes u otras sustancias prohibidas en las instalaciones de Medic Xen, así como ingresar a ellas bajo sus efectos. De igual forma, está prohibido portar o usar armas dentro de las instalaciones de Medic Xen.

Se espera que los Terceros adopten medidas estrictas en materia de salud y seguridad en conformidad con la normatividad vigente, así como con los más altos estándares para proteger la integridad de los colaboradores de Medic Xen.

Si las actividades del Tercero se realizan fuera de las instalaciones de Medic Xen, se espera que el Tercero cuente con lugares de trabajo sanos y seguros, con las medidas adecuadas para prevenir accidentes y enfermedades ocupacionales.

 

c) Medio ambiente

Medic Xen está comprometido con la protección del medio ambiente, por lo cual promueve que los Terceros con los que se relaciona mantengan igualmente medidas de protección, cuidado y mitigación de riesgos ambientales, llevando a cabo acciones como las que se señalan a continuación:

  • Reducir la huella de carbono mediante medidas de eficiencia energética.
  • Minimizar el impacto ambiental a través del uso de energías limpias.
  • Proteger los ecosistemas con el fomento de la reforestación y cuidado de la fauna, entre otras acciones.
  • Aplicar medidas para proteger la biodiversidad en sus proyectos.
  • Garantizar que no haya afectaciones a la biodiversidad.
  • Procurar la eficiencia en el consumo de los recursos naturales, como el agua y materiales no renovables reconociendo su valor social, ambiental y económico.
  • Prevenir la contaminación mediante la reducción, reutilización y reciclaje de residuos.
  • Promover la protección del medio ambiente.

 

d) Relaciones con la comunidad

Nuestras comunidades, al igual que los Terceros con los que nos relacionamos, son socios estratégicos. Reconocemos que construir confianza es la única manera de conseguir y conservar nuestra licencia social para operar, por lo que esperamos que los Terceros adopten este compromiso y se involucren en las tareas de Medic Xen para:

  • Mantener la licencia social de operación, contribuyendo a la cultura de responsabilidad social, de respeto a la naturaleza y a las comunidades en las que opera Medic Xen.
  • Respetar la cultura y costumbres de las comunidades, con apego al orden jurídico.
  • Contribuir a la promoción de los derechos humanos y del desarrollo autónomo.
  • Tratar a las personas de la comunidad con dignidad y respeto, y tomar las medidas necesarias para prevenir la coerción, acoso, abuso, amenaza o uso de la violencia hacia las personas de la comunidad.
  • No generar impactos negativos a la salud, seguridad y bienestar de las comunidades.
  • Tomar las medidas necesarias para prevenir su involucramiento en formas contemporáneas de esclavitud, como el trabajo forzado, el trabajo infantil, el tráfico de personas y la explotación sexual de personas de la comunidad.

 

13. DEBIDA DILIGENCIA

Los Terceros que tengan o pretendan tener una relación de negocio con Medic Xen, deben atender el proceso de debida diligencia de la empresa contratante con la finalidad de identificar, evaluar y mitigar riesgos relacionados con la reputación, integridad, incumplimiento normativo, sostenibilidad y seguridad de la información.

El proceso de debida diligencia documenta y evalúa, con un enfoque basado en riesgos, entre otros factores: definición, características y alcance del proyecto, incluyendo temas de ética e integridad corporativa, cumplimiento legal, prevención de lavado de dinero, derechos humanos, protección de datos personales, cumplimiento laboral y de seguridad social, sostenibilidad y prestación de servicios especializados.

 

14. EXPECTATIVAS DE ADHESIÓN

Los Terceros con los que Medic Xen tenga una relación comercial deberán comprometerse a respetar el presente Código, mediante la firma de una carta de adhesión, con la aceptación de la cláusula al respecto que se incluirá en su contrato.

Este Código de Ética y Conducta, así como las políticas con las que se relaciona, están disponibles en la página web: https://medicxen.com.mx/ con el fin de facilitar su acceso y asegurar su difusión.

Para cualquier pregunta o duda relacionada, favor de comunicarse al área de Cumplimiento por medio del correo buzon@medicxen.com.mx

 

15. DENUNCIAS Y PROTECCIÓN CONTRA REPRESALIAS

Medic Xen promueve que sus Terceros cuenten con un mecanismo de denuncias anónimas y confidenciales, al que su personal pueda enviar sus inquietudes sin miedo a represalias.

Adicionalmente, Medic Xen pone a disposición de los Terceros un mecanismo de denuncias denominado PNO-DIR27 “Recepción, atención, y solución de quejas de los clientes”, para reportar cualquier conducta contraria a lo establecido en este Código de Ética y Conducta.

Teléfonos: (722) 688 7482 y (722) 955 6576

Dirección de correo: buzon@medicxen.com.mx

Página de Internet: https://medicxen.com.mx/

Medic Xen está comprometido con la protección y confidencialidad de los denunciantes, por lo que está prohibido imponer cualquier tipo de castigo o represalia en contra de quienes presenten o ayuden a plantear una inquietud genuina de buena fe sobre algún incumplimiento de este Código, así como de aquellos que cooperen en cualquier investigación.

 

16. CARTA DE ADHESIÓN AL CÓDIGO DE ÉTICA Y CONDUCTA DE TERCEROS Y DECLARACIÓN DE CONFLICTOS DE INTERÉS

El suscrito, en mi carácter de Representante Legal de [Nombre del Tercero o Proveedor], hago constar lo siguiente:

1. He recibido, leído y comprendido el Código de Ética y Conducta para Terceros de Comercializadora de Medicamentos y Material Médico MEDIC XEN S.A. DE C.V. (en adelante referido como el “Código” y la “Empresa”, respectivamente).

2. En el otorgamiento de mis productos o servicios, reitero mi compromiso de apegarme y cumplir con los valores corporativos, principios éticos y lineamientos de conducta descritos en el Código. Entiendo que su observancia y cumplimiento es obligatorio e indefinido.

3. Me comprometo a implementar y hacer cumplir los Principios Ambientales, Sociales y de Gobierno corporativo en términos de lo siguiente:

i) Cuidado del Medio Ambiente

ii) Ética Empresarial y Cumplimiento

iii) Gobierno Corporativo

iv) Responsabilidad Social Corporativa

v) Protección a los Derechos Humanos, a las personas y su cultura

vi) Apoyo a la comunidad

4. No tengo impedimento alguno para cumplir con el Código ni con los Principios Ambientales, Sociales y de Gobierno corporativo.

5. No me encuentro en algún supuesto de Conflicto de Interés, actual o potencial. Si me llegara a encontrar en esa situación, lo notificaré con oportunidad al área de Cumplimiento de la Empresa.

6. No tengo familiares hasta cuarto grado que sean colaboradores de Medic Xen.

7. No tengo conflicto entre los productos o servicios que proporciono a la Empresa y otros compromisos similares con otras organizaciones.

8. Estoy enterado de que puedo reportar cualquier incumplimiento al Código a través del Procedimiento PNO-DIR27 “Recepción, atención, y solución de quejas de los clientes” mediante los siguientes canales: Teléfonos: (722) 688 7482 y (722) 955 6576, buzon@medicxen.com.mx y/o página web https://medicxen.com.mx/

9. Me comprometo a notificar a la Empresa acerca de cualquier modificación en la estructura accionaria o corporativa, razón social, actividad económica o algún otro cambio relevante relacionado con la prestación de servicios.

10. Me comprometo a proporcionar la información requerida para cumplir con las políticas y procedimientos de evaluación de terceros establecidas por la Empresa.

11. Cualquier excepción que llegara a tener con respecto a lo anterior, la describo por escrito anexo a la presente.

 

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